7º MANDAMIENTO: No robarás
Y eso... ¿también es robar?
Existen varios actos
normalmente no reconocidos como robo pero que afectan al cumplimiento del
séptimo mandamiento ¿Conocemos cuáles son?
¿Resulta lícito
escamotear los impuestos al fisco? ¿Es inmoral que un padre angustiado robe la
medicina para su hijo moribundo? ¿Es pecado que un empleado saque ocultamente
copias fotostáticas de la empresa en que trabaja, si todo mundo lo hace? Cuando
una mujer encuentra un anillo de esmeraldas y nadie lo reclama, ¿puede quedarse
con él? ¿Es pecado comprar casimires a un precio de ganga si se sospecha que
son robado?
El séptimo mandamiento
de la ley de Dios dice: “No robarás”, y parece un mandamiento muy claro a
primera vista. Mas luego se nos presentan las excepciones y los considerados, y
el asunto se complica.
Para empezar, diremos
que el séptimo mandamiento nos exige vivir la justicia. Ésta se define como la
virtud moral que lleva a dar a cada uno lo que le es debido, lo suyo. Puede
violarse de muchas maneras. En primer lugar, por el pecado de robo, que se
llama hurto cuando se toman los bienes ajenos ocultamente, o rapiña si se toman
con violencia y manifiestamente.
Robar es tomar o
retener una cosa ajena, contra la voluntad razonable del dueño. “Contra la
voluntad razonable del dueño” es una aclaración importante, porque si esa
voluntad es irrazonable, no sería pecado. Por ejemplo, la esposa puede sustraer
de la cartera del marido el dinero para la manutención de la familia, si éste
se niega a dárselo para gastarlo en francachelas. O también, es irrazonable
rehusar dar a alguien algo que necesita para salvar su vida, pues la vida es
más importante que la propiedad. Así, el hambriento que toma un pan, no roba.
El individuo que toma una bicicleta para librarse de unos malhechores que
amenazan su vida o su integridad física, no roba.
La definición distingue
también robar de tomar prestado. Si mi hermana no está en su casa y le tomo de
la cocina unos utensilios que necesito para la cena de esta noche, sabiendo que
ella no pondría objeciones, está claro que no robo. Pero está igual de claro
que es inmoral tomar prestado algo cuando sé que su propietario pondría
dificultades. Sería el caso, por ejemplo, del adolescente que ocultamente toma
dinero “prestado” del bolso de su madre, aunque piense devolver algún día ese
“préstamo”.
Es muy posible que el
fraude sea el tipo de robo más frecuente en la actualidad, y desgraciadamente
son muchos los que lo pasan por alto con ligereza. En ocasiones se le da una
auténtica carta de ciudadanía: “es que todos lo hacen”, o “si no, no hay forma
de avanzar en los negocios”. El fraude une el robo y el engaño, la injusticia y
la mentira. Pretende obtener un bien ajeno a través de engaños y maquinaciones.
Se puede cometer de muchas maneras: incumpliendo las especificaciones del
contrato de construcción, ocultando defectos de la mercancía, falsificando
documentos, engañando en el peso de la balanza o “bautizando” a la leche. Otra
forma de fraude la realiza el obrero que ejecuta mal los trabajos, o
desperdicia el tiempo o los materiales de la empresa. Y es fraude, en fin, la
actitud del patrón que, aprovechando la necesidad o el exceso de mano de obra, rehúsa
pagar los salarios justos diciendo: “al fin, si no te gusta trabajar aquí, vete
a otro lado”.
La problemática se
complica cuando aparece el Estado, representado en ese temible enemigo: el fisco.
Ser justo a la hora de pagar o de evadir impuestos es un asunto complejo y
envuelve un círculo vicioso: la administración exagera los tributos para
compensarse del fraude; los contribuyentes falsifican sus declaraciones para
defenderse del fisco. Además, no raramente la recaudación no es destinada, al
menos en su totalidad (campañas antinatalistas, corrupción, dispendio,
etcétera), para los fines propios del Estado.
En vista de la
complejidad del tema anterior, sólo es posible señalar los principios generales
por los que hemos de guiarnos. Son éstos: a) la autoridad tiene perfecto
derecho a imponer tributos con los que atender los gastos públicos y promover
el bien común; b) las leyes que determinan impuestos justos obligan en
conciencia; c) si los tributos fueran manifiestamente abusivos, en la parte que
excedieran de lo justo no obligarían, así como tampoco aquellas contribuciones
que no son destinadas a los fines propios del Estado.
Estaremos de acuerdo en
que determinar esos porcentajes no es sencillo, y será por ello conveniente no
limitarse a juzgar por el propio criterio sino acudir a un buen sacerdote (y
quizá también a un buen fiscalista), antes de ver la forma de eludir lo
injusto. Pero sin olvidar que un fin lícito nunca justifica medios ilícitos: no
podemos mentir. Ni siquiera al fisco.
Precaución especial han
de tener, por su parte, los funcionarios públicos para no fallar en la
justicia. ¿Será lícito aceptar este regalo, o comprar los terrenos por donde sé
que pasará la futura carretera? Los funcionarios públicos son elegidos y
pagados para ejecutar las leyes y administrar los asuntos públicos, con
imparcialidad y prudencia, para el bien común de todos los ciudadanos. Un
empleado público que acepte sobornos -por muy hábilmente que se disfracen- a
cambio de favores políticos, traiciona la confianza de sus conciudadanos que lo
eligieron o designaron, y atenta contra la justicia. También quien exige
regalos o “cuotas” de sus subordinados, peca contra esa virtud.
Precisaremos dos
modalidades contra la justicia que completan el cuadro de los pecados más
comunes contra el séptimo mandamiento. La primera consiste en aceptar bienes
que se sabe que son robados, tanto si los compramos como si nos los regalan.
Una sospecha fundada equivale al conocimiento en este respecto. A los ojos de
Dios, quien recibe bienes robados es tan culpable como el ladrón. La segunda
cuestión por aclarar se refiere a objetos hallados. Quien los encuentra tiene
que hacer un esfuerzo razonable para localizar al propietario. La medida de
este esfuerzo (averiguar y anunciar) dependerá, claro está, del valor del
objeto; y el propietario, si aparece, está obligado a reembolsar al que lo
encontraron todos los gastos que le hayan ocasionado sus averiguaciones.
Comentarios
Publicar un comentario